FALLO A FAVOR DE LOS DEFENSORES COSTEROS | La Justicia rechaza ordenanza que habilita construcción de un shopping
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial Nº 17 declaró inconstitucional la normativa del Concejo Deliberante. Deben regular los paradores.
El viernes último se conoció el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 17 que declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza municipal 6832, que habilitaba la construcción del shopping o paseo de compras en la playa Arazatí de la ciudad de Corrientes.
La medida dispuesta por el Tribunal, también ordenó a la Municipalidad de Corrientes a elaborar un plan maestro para los paradores establecidos sobre la playa, declarando que hasta que ello ocurra, en el plazo de seis meses deben atenerse a 500 metros cuadrados de ocupación como máximo.
Ese plan debe contener todo lo relacionado con el manejo de residuos, estructuras, superficie y otras especificaciones de acuerdo al paradigma de protección ambiental.
Desde la Asamblea de Defensores Costeros Corrientes celebraron el fallo judicial, "porque implica el rechazo a la construcción del shopping y un límite a la edificación de paradores sobre la playa pública", explicaron.
Asimismo, "contienen enunciaciones sobre la importancia de las riberas, cursos de agua y el paisaje, así como los bienes comunes para el disfrute colectivo", añadieron.
"El fallo es inédito por las consideraciones sobre el ambiente y la importancia de los actos administrativos ambientales, así como las ordenanzas dictadas por el Municipio y sobre el rol del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (Icaa)", detallaron.
Respecto de Icaa, recalcaron que la Justicia lo instó "a controlar el cumplimiento de sus decisiones, además de que deberá realizar dichos controles con participación ciudadana, con base en principios ambientales". "Se trata de un organismo que, durante todo ese proceso, no se hizo cargo de sus CONSTRUCCIONES EN ESPACIOS PÚBLICOS
A la par de esta notificación, la Justicia volvió a resolver la suspensión y el retiro de lo construido indebidamente por parte del parador Jack Tower, que se encuentra en la playa Arazatí. Con apercibimiento y multas para la Municipalidad por la omisión de control sobre los comercios instalados en la playa.
Dicho parador, al que la Justicia ya obligara a retirar una plataforma que extendía su ocupación, volvió a instalar dicha plataforma y se preparaba para realizar este sábado una fiesta de la cerveza. Lo que significaba una violación reiterada de esta firma comercial sobre las órdenes vigentes en el expediente y la falta de control municipal, indicaron los Defensores Costeros.
"Este fallo judicial vuelve a poner de manifiesto que la lucha por nuestra ribera y los espacios públicos, llevada adelante por ciudadanas y ciudadanos, no solo es un hecho necesario, sino que además, puede alcanzar logros concretos como los que estamos viendo", concluyeron.
(Norte)