POR LA GESTIÓN 2013-2017 | Millonario fallo judicial contra la Municipalidad de Corrientes por derechos de autor

La Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic)recibirá más de 700.000, además de intereses, porque la comuna hizo difusión pública de obras musicales. El Superior Tribunal de Justicia ordenó la sentencia. 


La Municipalidad fue condenada a pagar 700.000 pesos más intereses (suma que se totabilizaría el millón) por pasar música en sus eventos y no pagar el canon por derechos de autor a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic).

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes declaró inadmisible un recurso de inaplicabilidad de ley presentado por la Municipalidad capitalina contra un fallo de la Cámara de Apelaciones Civil, que dejó firme la sentencia de primera instancia que ordenó abonar a la Sadaic $706.680 más intereses desde la notificación de la demanda en 2018.

El reclamo se basó en que el Municipio utilizó y difundió de modo público obras musicales. Por tanto debía pagar por ello, de acuerdo con la reglamentación que el Municipio no desconoce.

En el recurso presentado, la Municipalidad negó que existiera una deuda por falta de acreditación por parte del ente recaudador del contenido del repertorio ejecutado.  “No obstante ello, la Alzada ha considerado justificado el reclamo a partir de que fue demostrada la realización de los eventos musicales con prueba documental, que a su turno fue corroborada con lo actuado en los expedientes administrativos…”, sostuvo en el primer voto  Guillermo Horacio Semhan.

Los fundamentos brindados se deben a que en la sentencia de primera instancia hubo documentación que presentaron ante la Justicia que fue fundamental como notas de reclamos, informes de actuación, planillas confeccionadas por el inspector de Sadaic, facturas, notas de diarios y propagandas, además de contrataciones adicionales de policías por eventos. 

En ese sentido, en el fallo continúa con otro tipo de pruebas como la testimonial de Cabrera quien se desempeñó como subsecretario de Cultura, Turismo y Grandes Eventos municipales del 2013 al 2017, quien reconoció la realización de los eventos y que Sadaic realizó reclamos que fueron recibidos en su área y “sin que le conste que hubieran sido abonados”.

En la resolución de la sentencia Civil N° 45/22, se expresa que la difusión de los eventos existieron y están acreditados. Además, se indicó que “el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, venido a consideración de este Superior Tribunal, denunciando errónea aplicación de la ley. Se queja de que se hubiera tenido por acreditada la difusión de fonogramas musicales por parte de la demandada a pesar de la ausencia del detalle de las obras reproducidas, circunstancia que obsta al valor probatorio de la documentación presentada”.

En ese sentido, fuentes cercanas de Sadaic Corrientes explicaron a El Litoral que el derecho de autor es constitucional y que cada vez que se usa o hay en un evento en vivo, se debe cobrar. “Recuerdo bien la (gestión) de Fabián Ríos, que no pagó ningún evento. El cobrador iba en ese momento al Municipio y se pasaban la bola entre los organismos gubernamentales. Entonces, Sadaic los intimó que no les pagarían a los artistas hasta que se cobrara el dinero que les debían”, indicaron.

Asimismo, explicaron que los artistas que Sadaic, tras el tiempo transcurrido y con el fallo recién podrán pagarle a los artistas. 

“El proceso comienza cuando un artista que contrató la Municipalidad presenta su planilla después de tocar sus canciones y luego un cobrador de Sadaic se acerca hasta la institución para cobrarle”, comentaron.

“La planilla obliga a la entidad a cobrar el 12% de lo recaudado y si es gratis, se calcula dependiendo si son grupos locales, nacionales o internacionales, y se hace un estimativo con todo el resultado del evento”, afirmaron.

Desde Sadaic indicaron que en el Litoral, de cada 10 artistas solo 2 hacen planilla porque les obliga al cobrador en búsqueda del organizador del evento. “Esta situación se da porque si no amenazan con no contratar a los artistas en caso de que se presenten a Sadaic”. 

Los autores y compositores de la música a través de la sociedad buscan recaudar y distribuir equitativamente el producido económico de todas las formas de utilización del repertorio musical argentino y extranjero representado. Es en este contexto que se basa su accionar, inspirado, además, por los principios de justicia y solidaridad.

Los artistas afectados buscarán recaudar sus fondos tras lo estipulado por la Justicia.



(Litoral)