FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN | Otorgaron la libertad al excura Pacheco, condenado por abusar de un menor

El exsacerdote, que debe cumplir una pena de 13 años de prisión, estará libre hasta que se constituya un nuevo tribunal imparcial y  la sentencia quede firme.  


La Corte Suprema de Justicia ordenó la inmediata libertad del exsacerdote Domingo Pacheco condenado a 13 años de prisión por el abuso sexual de un menor de 14 años que formaba parte del coro de una capilla de la localidad de Esquina.

Además, el máximo órgano de Justicia ordenó al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes que establezca nuevos integrantes para analizar los planteos realizados tanto por la defensa como la querella.

Lo mismo deberá hacer el Tribunal Oral Penal de Goya. El caso involucra a  Domingo Pacheco, un sacerdote que está acusado de haber accedido carnalmente a un menor de edad en 2006, quien realizó la denuncia de adulto en 2011.

El 12 de diciembre de 2013, se desarrolló un primer juicio contra Pacheco, donde los jueces de Goya lo absolvieron “por insuficiencia probatoria”.

En ese entonces el Tribunal estaba integrado por José Luis Acosta, Romelio Amílcar Díaz Colodrero y Carlos Guilliard.

La querella apeló ese fallo y el Superior Tribunal de Justicia ordenó que se desarrolle un nuevo juicio.

Es así que en febrero de 2017 los jueces Darío Ortiz, Carlos Balestra y Lucio López Lecube, lo condenaron a 13 años de detención.

Pero, esta sentencia fue apelada por la defensa del imputado ante el Superior Tribunal de Justicia, donde se confirmó el fallo.

Debido a que los mismos ministros del STJ habían echado por tierra la absolución de 2013 y habían intervenido en otros trámites del juicio, la defensa se presentó ante la Corte Suprema para advertir que se había violado el derecho a la imparcialidad; es decir, que los mismos jueces entendieron en la causa dos veces. 

La Corte -con remisión al precedente “Borbolla”- dejó sin efecto la sentencia apelada por considerar que no se adecuaba al estándar de imparcialidad requerido por las normas federales que rigen la materia.

Destacó que la imparcialidad es un principio normativo que contiene la exigencia de que el juzgador no se guíe por opiniones preconcebidas, sino que aborde la cuestión de una manera original e inédita. 

Consideró que se había comprometido la garantía de la doble instancia, en la medida en que esta exige que la revisión amplia de la sentencia sea efectuada por magistrados que no conocieron anteriormente el hecho ni formaron criterio sobre el derecho aplicable, pues, de lo contrario, doble instancia significaría, tan solo, doble revisión por las mismas personas. Además, ordenó liberar a Pacheco e instó al STJ de Corrientes a que revea nuevamente el proceso judicial.

Es por ello que el sacerdote quedó en libertad este 27 de marzo, aunque con la prohibición de acercarse a un kilómetro de la víctima; obligado a fijar domicilio permanente en la provincia de Corrientes; informar un número telefónico de contacto y sin autorización para abandonar el país.

Tras conocerse esta medida, el representante de la víctima, el abogado Carlos Coria, indicó a Actualidad Esquina que avanzará en la causa “hasta que Pacheco quede preso”. “La condena anterior no queda sin efecto, sino que la Corte Suprema, envía el expediente principal al tribunal de origen, es decir, al tribunal de justicia para que encauce el trámite con una casación nueva y respete los derechos constitucionales y convencionales tanto del imputado como de la víctima”.

 “Lo que dice la Corte Suprema es que hay que sacar de nuevo la sentencia con jueces imparciales. Esto se debe a que los jueces intervinieron dos veces en el mismo caso, a través de distintos tribunales y funciones. Por el momento, Pacheco se encuentra en libertad, debido a que se vuelve al estado de la sentencia del 2017, donde debía esperar en libertad, hasta que la sentencia se establezca como firme”.



(Litoral)