JAVIER MILEI SIGUE COSECHANDO DERROTAS EN LA JUSTICIA | Los tribunales desbaratan la estrategia de defensa del DNU
En el fuero contencioso administrativo rechazaron el pedido del gobierno para atraer las causas que tramitan en los juzgados laborales. La Cámara del Trabajo ratificó su decisión de frenar la reforma laboral incluida en el decreto --esta vez a partir de un pedido de la CTA.
Javier Milei empieza a ver cómo se complica la misión de mantener a flote
el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 con el que pretende sentar las
nuevas bases de la economía argentina a través de la regulación en favor de los
grandes grupos económicos. Después de la cautelar que frenó la reforma laboral
incluida en el DNU, fue la justicia en lo contencioso administrativo la que le
dio un nuevo golpe al desbaratar la estrategia del procurador del Tesoro,
Rodolfo Barra, que pretendía concentrar todos los cuestionamientos contra el
megadecreto en ese fuero porque le resulta más amigable que los tribunales
laborales.
Barra viene levantando el perfil en los últimos días. Exintegrante de la
Corte de la mayoría automática y exministro de Justicia de Carlos Menem, llegó
a su cargo gracias a un DNU con el que Milei modificó la edad límite para
ejercer como el jefe de los abogados del Estado. Barra tiene la difícil tarea
de defender en los tribunales el DNU con el que Milei se despachó el 20 de
diciembre pasado. La estrategia del procurador del Tesoro pasaba por amuchar
todos los planteos en el fuero contencioso administrativo –donde se dirimen las
acciones contra el Estado– y desde allí maniobrar. Sin embargo, la idea de
Barra fue desafiada desde el corazón mismo de los tribunales.
El procurador del Tesoro arrancó el día con el pie izquierdo. La Cámara
Nacional del Trabajo dictó una cautelar a pedido de la Central de los
Trabajadores y las Trabajadoras de la Argentina (CTA), que dirige Hugo Yasky.
Es el mismo tribunal que el miércoles concedió la misma medida en favor de la
Confederación General del Trabajo (CGT) y frenó, de esa forma, la aplicación
del capítulo cuarto del DNU 70/2023 –que desregula el mundo del trabajo.
La decisión fue adoptada nuevamente por los camaristas Andrea García Vior y
José Alejandro Sudera. En este este caso, fue García Vior quien llevó la voz
cantante en el fallo. La jueza justificó la intervención del fuero laboral al
afirmar que incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene dicho que
los trabajadores deben tener acceso a una justicia especializada.
García Vior, además, sostuvo que había un peligro si la justicia no
intervenía y, en ese sentido, invocó el paro convocado para el 24 de enero y
que la propia Corte Suprema pateó para febrero el análisis del DNU. Según la
jueza, hay “graves riesgos de que el conflicto social –ya avizorado en los
últimos días del año 2023– se acreciente y/o derive en hechos de violencia
inusitada”.
En paralelo, empezaba a prepararse la respuesta del fuero contencioso
administrativo. La previa estuvo en manos del fiscal Miguel Gilligan que
exhibió dos posturas distintas frente a un mismo tema. Al Centro de Estudios
Legales y Sociales (CELS) y a Jorge Rizzo –expresidente del Colegio Público de
la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) y dirigente de la agrupación Gente de
Derecho (GDD)-- les dijo que no correspondía abrir feria para tratar sus
cuestionamientos al DNU. Sin embargo, dictaminó a favor de un pedido del
gobierno para abordar el tema durante el receso de enero.
El tribunal favorito le dio la espalda
La estocada final para Barra vino de mano del juez Enrique Lavié Pico, que
es el magistrado que atenderá los temas del fuero contencioso administrativo
durante las vacaciones de enero. Lavié Pico abrió la feria que habían pedido
Rizzo, el gobierno y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), pero fundamentalmente
desarmó el amparo colectivo que tramitaba en ese fuero y en el que Barra
pretendía aunar todos los planteos contra el DNU.
El 22 de diciembre pasado, el juez Esteban Furnari –colega de Lavié Pico en
los tribunales administrativos– aceptó tratar como un amparo colectivo la
presentación que hicieron el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, el
economista Claudio Lozano, la CTA Autónoma –que lidera Hugo “Cachorro” Godoy– y
ATE. En ese sentido, ordenó inscribir ese amparo dentro del registro de
procesos colectivos y empezó a recibir las causas que se iban formando en otras
jurisdicciones. La gran disputa ahí era con el fuero laboral –al que el propio
Barra acusa de tener un “sesgo” a favor de los sindicatos y que fue el blanco
de las críticas (y de la mesa judicial) de Mauricio Macri.
Lavié Pico entendió que la decisión de Furnari había sido incorrecta porque
fue impreciso al decir quiénes eran los afectados por el DNU. “No se encuentra
definido de manera clara el colectivo involucrado debido a la generalidad de la
representación invocada por la asociación actora y el carácter difuso de la
presentación efectuada en la presente causa”, escribió. En otras palabras,
sostiene que no se puede decir que todos los habitantes de la Argentina
alcanzados por los efectos del DNU 70/2023 se vean afectados del mismo modo.
Después de firmar ese fallo, Lavié Pico desechó el pedido de Barra de
sacarle las causas al fuero laboral. A priori, es una derrota para el
procurador del Tesoro que había dicho que en una semana iba a tener revocada la
cautelar que había logrado la CGT. Ahora, tendrá que difuminar sus esfuerzos en
todos los tribunales en los que haya planteos contra el DNU a lo largo y ancho
del país.
“Es un golpe mortal y definitivo a la estrategia del gobierno, ya que
desarma el colectivo y obliga al gobierno a apelar cada una de las cautelares y
las sentencias que se dicten”, explica a Página/12 el constitucionalista Andrés
Gil Domínguez, quien también presentó un amparo contra el DNU.
“Soy un descreído del Poder Judicial y me encontré con la majestad de la
justicia. Creo que la semana que viene van a dictar la cautelar en el fuero
contencioso. A pesar de la contra del fiscal Gilligan, funcionaron los
mecanismos republicanos”, festejó Rizzo.
Lavié Pico le dio cinco días al gobierno para que responda a los
cuestionamientos contra el DNU. Desde el CELS también se mostraron satisfechos
de que se dé la discusión con urgencia, como ellos reclamaban. “Es el Poder
Ejecutivo quien dictó un DNU que derogó o modificó más de 70 leyes del Congreso
Nacional con carácter permanente en el tiempo. Y también el Ejecutivo
estableció la entrada en vigencia del DNU cuando se iniciaba la feria judicial.
La decisión compensa un poco este escenario inclinado en favor del Estado para
debatir la constitucionalidad del DNU”, evaluó Diego Morales, director de
litigio del organismo de derechos humanos.
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